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Del Poder Judicial Dominicano y la Reforma Constitucional

Escrito por:
Javier Cabral (Estudiante de Derecho,
Comité de Tecnologías de la Información y la Comunicación GRED-UNIBE)

2595662424_44df319bf6_bLa República Dominicana se institucionalizó como Nación republicana, libre y soberana a razón de la Constitución de San Cristóbal del 6 de noviembre  de 1844. En dicho documento se estableció que el mecanismo de la gobernabilidad y el funcionamiento del Estado dominicano descansaría en la separación y el equilibrio de los poderes estatales (legislativo, ejecutivo y judicial). No obstante, no fue hasta casi 150 años después, a razón de la reforma constitucional de 1994, que en la actualidad nos podemos referir a un Poder Judicial Dominicano que intenta ser independiente, autónomo y democrático.

Posiblemente, en los últimos 12 años de los 165 años que responden al marco temporal de existencia de nuestra República; se han concentrando los mayores esfuerzos por dotar al Poder Judicial Dominicano de la verdadera funcionalidad del mismo. Esta funcionalidad se encuentra consignada en nuestra Constitución vigente y las diversas legislaciones complementarias, en la cual se establece que, dicho poder es la institución del Estado encargada de administrar la justicia a través de sus distintos órganos especiales y jerárquicos denominados tribunales, asegurando como consigna principal la garantización, protección y exigibilidad de los derechos que se hayan contenidos en nuestro ordenamiento jurídico. De igual manera, como es bien sabido, la Suprema Corte de Justicia es la magistratura judicial más alta de nuestro país y ejerce las principales funciones de jerarquía del Poder Judicial Dominicano. En ese sentido, la Corte Suprema ha tenido una funcionalidad jurisprudencial muy activa en los últimos años, y esto añadido a las nuevas legislaciones, el Poder Judicial Dominicano se ha visto ampliamente reforzado, afirmando su independencia y equiparándose a los dos poderes restantes, los cuales lo aventajaban en fortaleza. A su vez, la creación de la Escuela Nacional de la Magistratura ha formado una nueva camada de jueces excelentemente preparados para sus funciones jurisdiccionales.

No obstante, este relativo período de “éxito” funcional no siempre ha sido así. Afirmaba el Dr. Wenceslao Vega en su obra Historia del Poder Judicial Dominicano, que dicho poder del estado, en el transcurso de los siglos de vida de nuestra Nación, fue el más frágil de los tres, así como también, estuvo en vuelto en grandes avances y a su vez, prolongados anquilosamientos, mermado siempre por la escasez de recursos a causa de la inferencia del Poder Ejecutivo, en especial durante las últimos décadas del siglo pasado. No obstante, no es hasta la reforma constitucional de 1994, de la cual ya me había referido, que el panorama judicial dominicano cambia drásticamente y a su vez, el mismo pueblo dominicano ha demandando vorazmente el acceso a la justicia, y sobre todo, a un debido proceso eficiente, lo que ha recalado en que la actualidad a pesar de ciertos lagunas, el sistema judicial dominicano ha sido modernizado y reformado en busca de un mayor optimismo en el presente y en el futuro en lo que se refiere a la administración de la justicia en la República Dominicana.

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Javier Cabral (Comité de Tecnologías de la Información
y la Comunicación GRED-UNIBE)